Qué es el modelo 130
Es decir, con este modelo simplemente anticipas lo que te tocará pagar en tu declaración de la renta anual por los beneficios de tu actividad.
El modelo 130 y el IRPF
Como autónomo estás obligado a presentarlo en la declaración de la renta porque realizas una actividad económica: es el impuesto que recae sobre el beneficio de tu actividad.
Pero además, durante el año tendrás que adelantar a Hacienda parte de este impuesto, y ese adelanto se puede hacer de dos formas:
- Con el IRPF que aplicas en tus facturas de venta cuando realizas una actividad profesional (y que normalmente será del 7 % o el 15 %)
- Mediante la presentación del modelo 130 si tienes una actividad empresarial
El modelo 130, un modelo acumulativo
Esto es así porque el modelo 130 es un modelo acumulativo. Al tratarse de un anticipo que se le hace a Hacienda cada trimestre a cuenta del impuesto de la renta, en el 4º trimestre se conoce directamente el IRPF acumulado durante todo el año.
Es decir, dentro del IRPF del 4º trimestre ya viene el del 1º, 2º y 3º, porque se arrastra y se va acumulando de trimestre en trimestre. Por eso, al presentar el 4º trimestre es como si presentaras el resumen anual.
Sí, el IRPF no es nada sencillo y tampoco lo es este modelo. Por eso es vital que conozcas bien cómo funciona el IRPF.
Quién está obligado a presentar el modelo 130
Porque el modelo 130 es obligatorio para todos aquellos autónomos que desarrollen una actividad calificada de empresarial.
Pero en el caso de los autónomos profesionales, la obligación de presentar el modelo 130 depende del porcentaje de retenciones efectuado.
- Si eres autónomo profesional y el año anterior aplicaste retenciones sobre al menos el 70 % de tus ingresos, no tienes que presentar el modelo 130.
- Si eres autónomo profesional y el año anterior no efectuaste retenciones o las aplicaste en un porcentaje menor que el 70 %, sí estás obligado a presentar el modelo 130.
También presentan el modelo 130 en la AEAT los autónomos que forman parte de una comunidad de bienes o C.B. Si este es tu caso, tienes que presentarlo teniendo en cuenta el porcentaje de ingresos y gastos que te corresponda en función de tu participación en la «sociedad».
Además, a los autónomos que funcionan por el sistema de módulos les toca presentar el modelo 131 en lugar del 130.
El modelo 130 y el alta en autónomos
La casilla 600 del modelo 036 o el modelo 037 (pago fraccionado del IRPF) sirve para comunicar a Hacienda que vas a presentar el modelo 130, tanto si tienes obligación de hacerlo según las reglas anteriores como si no.
Eso significa que a no ser que modifiques el alta, si marcaste esta casilla tendrás que presentar el 130; y si no lo haces, recibirás una reclamación.
Cuándo se presenta el modelo 130
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre
- Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero
Si la fecha límite para presentar el modelo cae en sábado, domingo o festivo, se amplía el plazo hasta el siguiente día hábil.
Presentar el modelo 130 fuera de plazo
Presentar el modelo 130 fuera de plazo supone una sanción o un recargo dependiendo de si eres tú quien subsana el error o es Hacienda quien se da cuenta.
Si te das cuenta del error y corres a presentarlo sin que te llegue el requerimiento de Hacienda, te expones a los siguientes recargos:
- En menos de tres meses: recargo del 5 % sobre la cantidad a ingresar
- Entre tres y seis meses: recargo del 10 % sobre la cantidad a ingresar
- Entre seis y nueve meses: recargo del 15 % sobre la cantidad a ingresar
- Entre nueve y doce meses: recargo del 15 % sobre la cantidad a ingresar
- En más de doce meses: recargo del 20 % sobre la cantidad a ingresar
Si por el contrario, se da cuenta la Agencia Tributaria y te envía un requerimiento, te enfrentas a una sanción.
Es así porque se castiga aplicando la Ley General Tributaria que clasifica las infracciones en leves, graves o muy graves.
La base de esta sanción será la siguiente:
- Infracción leve: sanción del 50 % de lo dejado de ingresar
- Infracción grave: sanción del 100 %
- Infracción muy grave: sanción del 150 %
Cómo presentar el modelo 130
Puedes presentar el modelo 130 telemáticamente por dos vías: desde el programa de ayuda que ofrece la administración o desde una asesoría fiscal online como Declarando.
Pero sigue leyendo y descubre qué pasos vas a tener que seguir para presentar el modelo 130 sin errores elijas la vía que elijas.
Presentar el modelo 130 con Declarando
Puedes presentar el modelo 130 con Declarando, en solo un par de clics y directamente en la página web de la Agencia Tributaria. Sin errores y desde la misma app donde tienes tu contabilidad.
Estos son los tres pasos que necesitas para presentar el modelo 130 con Declarando. Una vez los tengas ¡voila!, tienes tu modelo presentado en Hacienda sin rellenar nada:
- Entras en Tus impuestos, donde tienes toda tu contabilidad, eliges el Modelo 130 y pinchas en Descargar txt.
- Pinchas en conectar con Hacienda y, una vez dentro, importas el fichero txt.
- Le das a Firmar y enviar.
Como ves, no tienes que ir rellenando casillas. El modelo se va rellenando automáticamente a partir de los ingresos y los gastos deducibles que hayas ido subiendo a la plataforma.
Es una forma muy segura de presentar el modelo 130, porque no cometes errores que puedan derivar en inspecciones de Hacienda o sanciones.
Cómo rellenar el modelo 130
- Rellena los datos identificativos: el año, el trimestre, el NIF y tu nombre completo.
- En la casilla 2 tendrás que indicar el total de gastos deducibles, pero cuidado, en esta casilla tendrás que sumar también el 5% de gastos de difícil justificación.
- En la casilla 5, indica los importes que le has ingresado a Hacienda en los trimestres anteriores del año mediante el modelo 130.
- En la casilla 6 indica el importe de las retenciones de los ingresos desde el 1-1-XXX.
- En la casilla 12 indica el total a liquidar. El resto de casillas hasta la 19 se rellenan sólas.
- Toca la casilla Ingreso: añadirás el resultado de la casilla 19.
- Si la casilla 19 te sale negativa tienes que rellenar con una X la casilla Negativa.
- Si se trata de una declaración complementaria es momento de marcar la casilla con su mismo nombre con una X. Además, añadirás el número identificativo de la autoliquidación anterior.
- Por último, no te olvides de firmar el modelo y presentarlo en la web de Hacienda.
Modelo 130: ingresos con o sin IVA
En el modelo 130 muchas veces surgen dudas de si se incluye la información relativa al IVA.
El IVA es un impuesto indirecto y se aplica al consumo, por tanto, no se considera un gasto de tu actividad y, por norma general, no lo debes incluir en el modelo 130. ¡Pero cuidado! porque hay una excepción.
Si no presentas el modelo 303 cada trimestre, sí que tienes que incluir el IVA en el modelo 130. Esto es así porque tu actividad se considera exenta de IVA (es decir, que tu tipo de IVA es 0 %).
En este caso, como el IVA que se paga al comprar no se puede recuperar utilizando el modelo 303, la ley permite que el importe pagado por IVA se considere como gasto deducible y se tenga en cuenta en el modelo 130.
Ejemplo de modelo 130 con o sin IVA
Quizá con un ejemplo de un autónomo que añade el IVA en el modelo 130 y otro que no, lo veas más claro:
Tenemos 2 autónomos que son amigos, uno es mecánico de coches y el otro es médico.
El mecánico presenta todos los trimestres el modelo 303 de IVA y el modelo 130 de IRPF porque así le toca hacerlo. Como ha comprado bastante material está contento porque el modelo 303 al final del año le saldrá a devolver.
Mientras, el médico sólo presenta el modelo 130, porque realiza una actividad exenta de IVA. Por eso, no presenta el modelo 303, pero cuando confecciona el modelo 130 puede incluir el IVA pagado en sus compras como un gasto deducible más.
El mecánico no puede porque ya está recuperando el IVA de sus compras con el modelo 303, por lo que sólo incluirá el precio sin IVA de las compras como gasto deducible en el modelo 130.
El modelo 130 y las retenciones profesionales
Por otro lado, las retenciones profesionales son ese 15 % (si eres nuevo autónomo 7 %) que incluyes en las facturas que emites a tus clientes, siempre que sean empresas o autónomos españoles.
Únicamente se aplica el IRPF en estos casos, porque ellos ese IRPF también lo ingresan en Hacienda mediante el modelo 111.
En resumen, tanto en el modelo 130 como en las retenciones profesionales, le estás adelantando a Hacienda parte del impuesto sobre la renta que te corresponderá pagar en la declaración siguiente.